diumenge, d’abril 17, 2011

Terrenys de Marina d’Or: El Govern Central respon que està en les mans de l’ajuntament poder cobrar l’IBI a un sòl d’ús agrícola.

si vols la resposta demana-la a castello@iniciativapv.org

Adjuntem pregunta parlamentària feta per la Diputada d’Iniciativa al Congrés, Núria Buenaventura, sobre els efectes que podria tindre començar a cobrar l’IBI sobre els propietaris del sòl del PAI Mundo Ilusión, i la resposta donava, on es deixa la revisió cadastral en mans de la gestió que faça l’ajuntament, i es diga que a hores d’ara encara es vénen terrenys en eixa zona afectada.

Des del Grup Municipal d’Iniciativa a CAbanes, Carles Mulet, ha lamentat que el PP haja votat en contra de paralitzar aquesta revisió cadastral que seria letal per als propietaris dels terrenys ( van votar en contra d’una moció d’Iniciativa en aquest sentit)” ara poden cobrar com urbà un sòl que serà dècades agrícola”

A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, la diputada de Iniciativa per Catalunya Verds formula la siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para su respuesta escrita.

En plena fiebre urbanística, cuando parecía que la burbuja inmobiliaria era imparable, se fraguó entre los términos municipales de Cabanes y Orpesa (Castelló) una urbanización de más de 18 millones de metros cuadrados, que pretendía sobre un suelo agrícola construir una ciudad con más de 25.000 viviendas, hoteles, canales navegables emulando a Venecia, pistas de esquí con nieve artificial junto al mar, creando desde la nada una ciudad de más de 150.000 habitantes. Denominada P.A.I. Marina d’Or Golf-Mundo Ilusión

El Gobierno Central facilitó la tramitación de esta actuación con la construcción de una desaladora, ahora en obras, sin la cual no se hubiera podido garantizar el suministro hídrico.

Ahora, con el proyecto aprobado por el Gobierno Autonómico, y los respectivos ayuntamientos (el Plan Parcial), y sin viabilidad para que este sea una realidad, el mayor temor de los propietarios del suelo afectado por esta actuación, es que a pesar de la parálisis de la urbanización, hayan de empezar a tributar como urbano grandes extensiones de suelo de explotación agrícola.

Cabe recordar cómo que de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario , el procedimiento de valoración colectiva de bienes inmuebles de una misma clase podrá iniciarse cuando, respecto a una pluralidad de bienes inmuebles , se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, ya sea como consecuencia de una modificación en el planeamiento urbanístico o de otras circunstancias. Es decir, que la citada aprobación del Plan Parcial iba a determinar que se pudiera llevar a cabo, por parte de la Dirección General del Catastro, una ponencia de valores parcial sobre los terrenos adscritos e incluidos en el P.A.I. “Mundo Ilusión”, que implicaría un considerable aumento del valor del suelo.

Así pues, la mayor valoración del suelo tiene consecuencias directas en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana (y el suelo Urbanizable se considera como de carácter urbano a los efectos de la Ley del Catastro Inmobiliario, como establece su artículo 7.2.a), pero también en, p.e., el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que al tener un valor catastral más alto se valorarán con mayor precio los inmuebles e implicará una mayor carga tributaria.

Tal y como el propio urbanizador del P.A.I. “Marina d’Or Golf -Mundo Ilusión” ha declarado a los medios de comunicación, el desarrollo del mismo se prevé muy largo, mencionándose el plazo de 25 años. Es evidente que dicho plazo no es el contemplado en la Proposición Jurídico Económica que los Ayuntamientos aprobaron en su día, pero implica que durante un periodo muy largo de tiempo los propietarios de suelo en el Sector han de abonar mayores cantidades en concepto de impuestos que tengan como base imponible ese suelo, sin poder edificar en el mismo, o sin saber con certeza cuándo, cómo y a qué coste finalizará la urbanización íntegra del Sector.

Muchos propietarios se dirigieron a ambos ayuntamientos en el sentido de que preservaran los intereses de los vecinos y afectados por el P.A.I., y dejar de lado el aumento de ingresos municipales que supondrá la redacción de una nueva ponencia de valores que afecte al Sector “Marina d’Or Golf -Mundo Ilusión”, ya que entienden que no son tiempos para generar más cargas en los ciudadanos, sobre todo si no se corresponden con ventajas (y, hoy por hoy, ser propietario de finca en el Sector “Mundo Ilusión” no supone ninguna ventaja, ya que el interés del mercado inmobiliario en la adquisición de fincas en el mismo es inexistente). Dado que el citado artículo 28.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario utiliza el término PODRÁ para referirse al inicio de una nueva ponencia de valores parcial (en este caso sobre el Sector “Marina d’Or Golf- Mundo Ilusión”) se entiende como potestativo tal inicio, a pesar de los requerimientos hechos, los ayuntamiento no han hecho ningún tramite para evitar que la Dirección Territorial del Catastro de Castellón no lleve a cabo la confección de una nueva ponencia de valores que afecte a los inmuebles del Sector “Mundo Ilusión” en tanto no se estén ejecutando las obras de urbanización del mismo.

Una nueva ponencia de valores supondría automáticamente la ruina de muchas familias

Ante el riesgo que la pasividad intencionada o no de los ayuntamientos de no paralizar una nueva ponencia de valores, y dentro de las competencias establecidas.

- ¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno, para evitar el perjuicio a los afectados por este PA Marina d’Or Golf-Mundo Ilusión tramite para evitar que la Dirección Territorial del Catastro de Castellón no lleve a cabo la confección de una nueva ponencia de valores que afecte a los inmuebles del Sector?.

Palacio del Congreso de los Diputados

Madrid, 04 de marzo de 2011

Núria Buenaventura Puig